La dificultad radica en la distinción entre los daños que resultan de un evento de juego y los que resultan de una falla caracterizada por una violación
El 2e La Sala de lo Civil del Tribunal de Casación recuerda así en sentencia de 3 de diciembre de 2014 los elementos que permiten comprometer la responsabilidad del deportista, en particular la necesita demostrar una falla caracterizada por una violación de las reglas del juego.
En palabras del Tribunal Superior, La única evaluación amplia y ambigua de la conducta antideportiva no es suficiente para establecer la existencia de una mala conducta defectuosa que pueda comprometer la responsabilidad del portero. ".
En este caso, el Tribunal de Casación no retuvo la responsabilidad del portero a la luz de los elementos del debate. De hecho, " La violencia, la brutalidad o la deslealtad de su gesto, su fuerza desproporcionada o superflua, no pueden deducirse de la gravedad de sus heridas. ".
El gesto habitual así realizado en el contexto de la disciplina en cuestión no cae dentro del alcance de la culpa que resulta en responsabilidad. En la legislación francesa, sin culpa, no hay indemnización por el daño sufrido en el clásico civil.